En el artículo 6° constitucional se plasma el derecho de todos los mexicanos a difundir, buscar y recibir información.
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Reflexionan en torno a este tema, en la sesión final de la Cátedra Ellacuría coordinada por la IBERO Puebla
Por: Paola Marín / www.muraleducativo.com

Para que un Estado se considere democrático debe garantizar ciertos derechos; la libre expresión y el acceso a la información son dos de ellos. Ambos se encuentran vinculados, pues una ciudadanía informada es capaz de expresar ideas críticas que abonen al desarrollo de la sociedad.

Sobre este tópico se reflexionó en la sesión final de la Cátedra Ellacuría coordinada por la IBERO Puebla.

En el artículo 6° constitucional se plasma el derecho de todos los mexicanos a difundir, buscar y recibir información. Como condensó el Dr. Luis Felipe Nava Gomar, director general de Enlace con los poderes Judicial y Legislativo del INAI: “Solamente en esas condiciones se puede participar en democracia. A mayor juicio crítico, más pueden exigir los representados a sus representantes”.

El derecho de acceso a la información, que fue incluido en la Constitución mexicana por primera vez en 1977, encontró un punto pivote en el caso Claude Reyes y otros contra Chile en 2006. En aquella ocasión, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) determinó que los Estados democráticos deben regirse bajo el principio de máxima divulgación.

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La CIDH enfatiza que la defensa de la libre expresión es un acto en favor de la democracia, pues permite que la diversidad de ideas atienda necesidades igualmente múltiples. “Solamente puedo enriquecer mi juicio crítico si escucho a los demás”, sintetizó Nava Gomar.

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