La resolución fue emitida por un juez en materia de amparo, civil, administrativo y del trabajo.
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La resolución del expediente 1343/2021 establece “no amparar” a por lo menos 4 de los promotores de este instrumento jurídico
Por: Ricardo Carmona / www.muraleducativo.com

De acuerdo a la determinación del juzgado quinto de distrito en materia de amparo, civil, mercantil, administrativo y del trabajo, al menos cuatro de los 21 disidentes del SUETHAPIP que promovieron un amparo en el que se ostentan como integrantes del Comité Sindical.

El expediente 1343/2021 con resolución el pasado 7 de diciembre y publicado el 8 del mismo mes, resuelve que, “La justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE a los C. Víctor Ángel Suárez Merlo, Norberto Gutiérrez Leyva y Alma Andrea Ríos Castro…”.

Quienes se ostentan en su carácter de integrantes del Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Empleados y Trabajadores del Honorable Ayuntamiento de Puebla, Instituciones Paramunicipales y Organismos Públicos Descentralizados “Lic. Benito Juárez García” (SUETHAPIPOPD).

De esta forma el grupo de sindicalizados del ayuntamiento de Puebla en contra de la actual dirigente Gonzalo Juárez Méndez, no obtuvieron el amparo que promovieron, encabezados por Susana Vidal Romero, quien ha denunciado supuestos malos manejos del secretario general en turno.

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Cabe recordar que los primeros días del mes de octubre los disidentes con la actual administración sindical denunciaron supuestas represiones en contra de 20 trabajadores sindicalizados y calificaron como un “montaje”, el asalto registrado en las instalaciones del grupo gremial.

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