

Tumba Burros Digital
Por: Luis Escobar Ramos / www.muraleducativo.com
Como enuncié en la entrega anterior; como producto de la reforma que creó la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), a esta le fueron conferidas numerosas responsabilidades y atribuciones que la convierten en un ente que tendrá injerencia en muchas de las actividades que se dan en el entorno digital-convergente del país.
En complemento y para la materialización y operación de la ATDT, el pasado 24 de enero del presente año fue publicado un decreto que expide el Reglamento Interior de esta entidad; en él se encuentran las respuestas a algunas dudas que nos quedaban, con relación a como serían distribuidas las responsabilidades pero también, en lo particular, me genera otras incógnitas en el desarrollo de las tareas, que mencionaré a continuación.

Ejemplo de lo ya mencionado es el artículo dos del Reglamento; mismo en el que ubico esa ambivalencia; ya que se dice que la ATDT planeará y conducirá sus actividades con base en las políticas establecidas por el titular del Ejecutivo pero, a la vez se sujetará a los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo para alcanzar las metas de los programas bajo su responsabilidad; lo que fervientemente deseo que así sea; sin embargo, al no existir un diseño integral con base en las necesidades de la nación, esto podría dificultarse o contraponerse en alguna medida.
Así mismo; el titular de la Agencia tendrá adscrita una amplia estructura compuesta por unidades administrativas como la de Proyectos y Operación; a la que a su vez se adscriben Direcciones Generales de Proyectos; de Inteligencia de Datos y Jurídica, Cumplimiento Normativo y Gobernanza Tecnológica.
De igual forma, la estructura cuenta con la Coordinación Nacional de Transformación Digital; que tiene anexas Direcciones Generales de Gobierno Digital; de Simplificación Administrativa; de Atención Ciudadana; y de Vinculación Interinstitucional.
Así también, dicha estructura conlleva una Coordinación Nacional de Infraestructura Digital, que tiene adscritas Direcciones Generales de Ciberseguridad; de Infraestructura; de Políticas de Telecomunicaciones; satelital y de Administración y Finanzas
Y se complementa la estructura con el Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER).
Cabe destacar que; la ATDT contará también con subdirecciones, jefaturas de departamento y enlaces.
Otro aspecto importante, al que hacíamos alusión en la entrega anterior, se encuentra en la fracción octava del artículo seis de este Reglamento y es el relacionado con las facultades que tiene el titular de la Agencia para expedir las políticas y emitir las normas, lineamientos, criterios, manuales, procedimientos y demás instrumentos para su implementación en materia de Inclusión Digital; Gobierno Digital; Informática; TIC´s. y Telecomunicaciones; Mecanismo único de Autenticación, identidad e identificación digital; Datos Abiertos y Gobierno Abierto y una que es fundamental para el sector convergente del país, como es: conducir las políticas de Telecomunicaciones y Radiodifusión del gobierno federal, incluidas aquellas relativas a la instalación o ampliación de la infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos por parte del Estado; estas, entre otro gran número de atribuciones del titular de la dependencia.
Como ustedes ubicarán, las facultades otorgadas son vastas para el titular de la ATDT; sin embargo, quiero poner la atención en la última parte del párrafo; ya que, en el pasado sexenio existían varias entidades del Estado encargadas de llevar la conectividad, sobre todo a zonas alejadas; pero, no había una definición de quien tenía la batuta; lo que generó en varias ocasiones la duplicidad de funciones y actividades; no obstante, reitero que el Estado no es el único responsable de llevar servicios a esas áreas de difícil acceso y por lo tanto, se debe dar un esquema de cooperación y coadyuvancia con los distintos operadores; de tal forma, que asuman la responsabilidad social que toda concesión debe cumplir.
Precisamente, en alusión a lo anterior; debo reconocer que en repetidas ocasiones en esta columna he mencionado que, derivado de la evolución tecnológica; que ha traído consigo a las tecnologías emergentes; se requiere contar con un marco regulatorio convergente; no obstante, reitero que no basta concentrar facultades y atribuciones del sector convergente en una sola entidad; sino, que es fundamental realizar reformas y adiciones constitucionales en la materia; planear y diseñar un Plan Nacional de Desarrollo con perspectivas a 20 años, de ser posible o mínimamente con carácter transexenal; crear una ley secundaria igualmente convergente; elaborar y aplicar Planes nacionales de conectividad y banda ancha y ligar a todo lo anterior, la educación, la ciencia, tecnología e innovación; entre otros ejes prioritarios para el país.
Finalmente, debo decir que; en todos estos acontecimientos han brillado por su ausencia las organizaciones y nosotros mismos como ciudadanos; que hemos comprado la idea de que estos temas sólo le competen al gobierno; al poder legislativo y las empresas involucradas; lo que constituye un craso error; debido a que en el entorno en que vivimos actualmente, el rumbo que tomen los acontecimientos en esta materia puede marcar nuestro futuro en lo individual y colectivo……al tiempo.
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