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Por: Luis Escobar Ramos / www.muraleducativo.com  

Continuando con este interesante tema, debo mencionar que, ya decretada la reforma constitucional; esta fijó actividades al nuevo regulador, denominado Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que a diferencia del anterior, nació como Órgano Constitucional Autónomo (OCA); conformado por personas cercanas al gobierno Peñista, sobre todo de la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República y otorgándole también la regulación de competencia económica en el sector de telecomunicaciones y radiodifusión.

 Dentro de las tareas asignadas a este nuevo regulador estaban las de licitar dos nuevas cadenas de televisión nacional; crear un Registro Público de Concesiones; llevar a cabo el proceso de transición a la Televisión Digital Terrestre y declarar Agentes Económicos Preponderantes en los mercados de Telecomunicaciones y Radiodifusión; responsabilidades que asumió inmediatamente después de su conformación a principios del mes de septiembre de 2013.

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Entre el último trimestre de 2013 y el primer semestre de 2014, el Instituto tuvo que trabajar utilizando la anterior ley; ya que, aún no se aprobaba y decretaba la ley secundaria (Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión); lo que dificultaba sobremanera la toma de decisiones; no obstante, las tareas encomendadas fueron realizadas; algunas prorrogando los tiempos y otras cumpliéndose cabalmente.

Dentro de las decisiones para atender las tareas, la que mayor revuelo y controversia generó fue la declaración de Agentes Económicos Preponderantes; debido a que para hacerlo de manera rápida, no se utilizó la herramienta de competencia económica conocida Poder Sustancial de Mercado; sino la figura creada en esta reforma y única en el mundo como es la preponderancia que, sólo considera como factores decisorios; que una empresa o grupo de empresas cuenten directa o indirectamente con una participación nacional mayor al 50% en los servicios de telecomunicaciones o radiodifusión y este puede medirse por el número de  usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas; de tal forma que dicho proceso fue concluido en aproximadamente seis meses.

El 14 de julio del año 2014 y después de más de un año de no contar con Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, finalmente fue publicado el Decreto que nos proveía de una nueva ley en esta materia y con ello también, se tomaron decisiones como la desaparición del cobro de la Larga Distancia y nuevos modelos de costos en interconexión; situaciones que hago notar, no derivaron del actuar del IFT, sino del ámbito legislativo.

En el transcurso de los once años en que el IFT ha regulado el sector de telecomunciaciones y radiodifusión, ha existido una tendencia a mantener intacta la regulación generada desde la reforma constitucional y de ley; lo que en esta materia es sumamente delicado, debido a que la tecnología avanza de manera vertiginosa día con día y los marcos regulatorios se deben modificar o ajustar continuamente.

Así mismo; en materia de competencia económica, se han efectuado tres Revisiones Bienales sobre las medidas impuestas en preponderancia en el mercado de telecomunicaciones y a pesar de que la participación de mercado de los regulados se ha modificado de manera sustancial, no se han eliminado o flexibilizado algunas medidas; lo que evidencia una clara tendencia a mantener estático todo.

De igual forma; debo decir que; varios analistas del sector pretenden hacer creer a la audiencia y usuarios que el hecho de que hoy se pague 32.1% menos de lo que pagábamos hace 11 años por los servicios de telecomunicaciones; que la posiblidad de uso del Internet haya aumentado a 81.2%; es decir, 51 millones de personas y que la disponibilidad en los hogares pasó de 9.6 millones en 2013 a 27.7 millones son sólo derivados de la presencia, programas y decisiones del IFT; lo cual es falso; ya que dejan de lado, creo por convencionalismos, la tendencia tecnológica que vivimos quienes estamos inmersos en el sector.

Lo dicho en las líneas anteriores tiene sustento en que, con motivo de la regulación impuesta al preponderante; este disminuyó considerablemente sus niveles históricos de inversión; mientras en el lado opuesto, los competidores al poder disponer de la infraestructura del grupo preponderante, tampoco han invertido los montos necesarios y suficientes para materializar lo establecido en el Artículo Sexto constitucional, relativo al incremento de la cobertura y la conectividad; que desde mi punto de vista, de haberse promovido una regulación diferente sí hubiese sido factible la consecución de esos objetivos que impactan en ámbitos como la educación, la salud y la economía misma.

Como siempre nos ha sucedido en el país, el cortoplacismo y las decisiones tomadas por la clase política, sin conocimientos técnicos, han coadyuvado también a la crisis que vive el sector; con el gobierno anterior rescatando a la empresa que opera la Red Pública Compartida de los 700 MHz. lanzando programas como CFE Telecomunicaciones e Internet Para Todos, de manera fragmentada, sin una idea clara.

De tal forma que, la extinción del órgano regulador no es la piedra angular en la discusión que actualmente se tiene; esa es una pieza importante en el entorno del Tratado México-Estados Unidos-Canadá y en lo económico; sobre todo, de cara a la revisión que ya inicia este año y que deberá concluir  durante el 2026.

Hoy, nuevamente se nos agotó el espacio, la siguiente semana concluiremos este tema poniendo el dedo en la llaga, a través de propuestas que resuelvan de fondo la problemática en la que estamos inmersos.

Luis Escobar Ramos

Email: lescobarramos67@gmail.com

Twitter LUISESCOBARRAM6

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